Hombres con esposas embarazadas no podrán ser despedidos

Hombres con esposas embarazadas no podrán ser despedidos
Hombres con esposas embarazadas no podrán ser despedidos

De acuerdo a una sentencia reciente de la Corte Constitucional de Colombia, los hombres con esposas embarazadas, que dependan económicamente de él, no podrán ser despedidos durante su periodo de gestación y de lactancia, tal y como lo indica la Ley María que acoge a las mujeres en embarazo.

Luego de fallar a favor de una demanda del ciudadano Wadys Tejada sobre la extensión de las facultades para despedir a una mujer en embarazo, inmersos en los artículos 239 y 240 del código sustantivo del trabajo, a los cónyuges que son cabeza de familia, la Corte Constitucional busca aumentar la protección de las mujeres en estado de gestación, al recién nacido y a la familia en general.

De acuerdo a la demanda interpuesta ante la Corte Constitucional, al proteger al padre que trabaja de quien depende el hijo que aun no nace, o es recién nacido, se pueden garantizar los derechos a la vida, la igualdad, la familia, a la seguridad social, y a la protección de la maternidad en favor de la mujer embarazada que no trabaja, además del bebé que aún no ha nacido.

Los hombres que se quieran acoger a este beneficio, deben demostrar que su esposa en estado de embarazo o en periodo de lactancia, dependen económicamente del trabajador que pretende ser despedido.

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