¿Qué es el impuesto al consumo o Impoconsumo en Colombia?

Muchas veces se tiende a confundir el impuesto al consumo o impoconsumo, con el impuesto al valor agregado o IVA, por eso es importante conocer qué es el impoconsumo y cuál es su diferencia con el IVA.

Impuesto al consumo - Impoconsumo
Impuesto al consumo – Impoconsumo

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En Colombia el gobierno crea impuestos con el objetivo de adquirir ingresos para contribuir en temas como la salud, la educación, el deporte, etc. El impuesto al consumo o impoconsumo surgió con el propósito de ayudar en el campo del deporte y la cultura.

El impuesto a las ventas o IVA es un tributo aplicable a lo relacionado con bienes o servicios que no pertenecen a la canasta básica familiar, como por ejemplo: teléfonos celulares, planes de datos, motocicletas, automóviles y servicios de restaurantes.

Tarifas Impuesto al Consumo o Impoconsumo

En cambio el impuesto al consumo o impoconsumo se aplica a la venta o prestación de bienes o servicios que no son considerados como indispensables o no están incluidos como productos de la canasta básica familiar. Para el año 2018 las tarifas de este impuesto son:

  1. Tarifa de impuesto del 4% (artículo 512-2 del estatuto tributario): Que aplica para los servicios de llamadas, datos, internet y navegación móvil. Este impuesto está destinado en un 70% al deporte y un 30% a la cultura.
  2. Tarifa de impuesto del 8% (artículo 512-3 del estatuto tributario):  Incluye los siguientes bienes: Automóviles de tipo familiar, pickup y camperos, con valor FOB menor a USD$ 30.000; motocicletas con cilindrajes superiores a 200 cc, yates, embarcaciones de recreación, botes de remos y canoas.
  3. Tarifa de impuesto del 16% (artículo 512-4 del ET): Incluye vehículos automóviles de tipo familiar, camperos y pickups con valor FOB mayor o igual a USD$30.000; motocicletas, globos dirigibles, planeadores y demás naves propulsadas por motor de uso privado; helicópteros, aviones, vehículos espaciales, satélites y vehículos suborbitales privados.
  4. Tarifa del impuesto del 8% para resturantes (artículo 512-9,10, 11, 12 del ET): También está el impuesto al consumo por servicios de restaurante , en el que se tienen en cuenta:

Comidas y bebidas que son elaboradas dentro de establecimientos como: restaurantes, autoservicios, cafeterías, pastelerías. heladerías, fruterías y panaderías. Estos productos deben incluir: comidas y bebidas alcohólicas en bares, tabernas y discotecas; entregas a domicilio, servicios de alimentación bajo contrato.

Los responsables del impoconsumo en régimen simplificado deben cumplir las obligaciones indicadas en el artículo 506 del ET.

El impuesto al consumo surgió con el propósito de ayudar en los campos de la cultura y el deporte, cuando estos impuestos surgen pensados en favorecer estas áreas, es positivo en la medida en que ayudará a que muchos jóvenes puedan practicar el deporte que desean, sin tener que incurir en grandes costos.

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Todos sabemos que en Colombia existe mucho potencial para el deporte y la cultura, pero muchos pertenecen a las clases sociales menor favorecidas, y por eso es oportuno ayudarlos a salir adelante; evistando así que caigan en las drogas o sean reclutados por grupos al margen de la ley, lo cual debe evitar a toda costa el gobierno, si realmente quiere obtener la paz en este país.

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